Consultoría en Energías Renovables

Proyectos de Autogeneración a Pequeña Escala (AGPE)

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Los proyectos de Autogeneración a Pequeña Escala (AGPE) regulados
Principalmente en la CREG 030 de 2018 y en la CREG 174 de 2021, permiten a los usuarios (personas naturales y jurídicas) que deseen invertir en proyectos de generación de energía proveniente de diferentes fuentes no convencionales, como la solar fotovoltaica, eólica, mareomotriz, entre otras, conectarse al Operador de Red (OR), cuyo principal objetivo es la de atender o suplir sus necesidades de energía para el autoconsumo, con la particularidad de poder vender los excedentes que se exporten al OR que por norma tiene la obligación de reconocerlos y pagarlos.

Los AGPE se clasifican en dos grupos, el primero, cuya capacidad de generación no supera 0,1 mW; y los segundos, que se encuentran entre 0,1mW y 1mW denominados Generación Distribuída (GD).

Beneficios para el generador a pequeña escala:

El principal beneficio es el autoconsumo, es decir, que consumes la energía que produce tu sistema solar; el segundo, es la venta de energía exportada al OR, que te representa un saldo a favor en la siguiente facturación; otro, es el aporte de energía en situaciones complejas que afectan la generación, como el Fenómeno de El Niño, cuando hay sequías en los embalses de las empresas de servicios públicos; brinda estabilidad a la red convencional.

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